Las autoridades argumentan que el cambio es necesario porque hoy existen nuevos productos que se encuentran fuera del alcance de la NOM vigente y que, no obstante, compiten en el mismo mercado. Las nuevas disposiciones tiene como objetivo establecer las especificaciones de las denominaciones de producto y la información comercial que debe contener el etiquetado de los productos preenvasados destinados al consumidor final de fabricación nacional o extranjera, que se comercialicen en territorio nacional con las denominaciones de: - Jugo
- Agua de coco
- Néctar
- Bebidas no alcohólicas con un contenido de vegetal o fruta o agua de coco o coco u hortaliza o verdura, o que estén saborizadas haciendo referencia a sabores de vegetales o frutas, agua de coco o coco u hortalizas o verduras.
¡Aún estás a tiempo! Prepárate para enfrentar los nuevos retos. |